«Los nuevos refugiados eran perseguidos, no por lo que habían hecho o pensado, sino porque eran de una forma inmodificable: nacidos dentro del tipo inadecuado de raza o del tipo inadecuado de clase o alistados por el tipo inadecuado de gobierno…» Hanna Arendt, Los orígenes del totalitarismo, 1951.
En virtud de tratados y convenciones internacionales personas migrantes refugiadas y solicitantes de asilo gozan en derecho internacional de una protección y atención especial.
El desplazamiento de personas en el contexto de la globalización constituye, uno de los mayores objetos de atención de los Estados y la comunidad internacional. Se trata de un fenómeno cambiante, característica que se ha acentuado desde las últimas décadas del siglo pasado. Con anterioridad, los flujos migratorios involucraban mayormente a dos países –el de origen y el receptor- generalmente vinculados por circunstancias de orden geográfico, histórico, cultural o económico. En cambio, actualmente, debido entre otras causas al proceso de globalización y las desigualdades en la distribución del ingreso, las migraciones, en sus diversas modalidades, involucran cada vez más al conjunto de la comunidad internacional y de cada comunidad regional.